España: Pedro Sánchez declara estado de alarma por el coronavirus (+Video)

Editado por Maite González Martínez
2020-03-13 10:47:16

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Pedro Sánchez decreta estado de alarma en el país. Imagen/ ElMundo

Madrid, 13 mar (RHC) El presidente del Gobierno de España, Pedro Sánchez, decretó este viernes el estado de alarma en el conjunto del país por la crisis derivada de la pandemia de coronavirus, después de que el número de casos aumentó a 4.209 y se produjeran 120 fallecimientos.

Es la segunda vez en democracia que se declara este estado, después de que en diciembre de 2010 lo hiciera José Luis Rodríguez Zapatero para hacer frente a la huelga encubierta de los controladores aéreos.

Sánchez ha destacado que la medida faculta al Ejecutivo para utilizar tanto medios públicos como privados, civiles como militares, para frenar la pandemia y proteger a los colectivos más vulnerables, como las personas mayores o aquellas con patologías previas.

"Nos esperan semanas duras", ha dicho el presidente, que ha reiterado: "haremos desde el Gobierno de España lo que haga falta, cuando haga falta y donde haga falta". "La victoria depende de cada uno de nosotros, el heroísmo consiste también en lavarse las manos", ha recalcado. Además, ha mostrado su confianza en la superación de esta crisis: "Va a ser muy duro y difícil pero vamos a parar el virus. Lo conseguiremos antes si lo hacemos unidos y cumpliendo cada cual con nuestro deber. Este virus lo pararemos unidos".

¿Qué es el estado de alarma?

El estado de alarma está recogido en el artículo 116.2 de la Constitución y contempla "crisis sanitarias, tales como epidemias" como uno de los escenarios que permite al Gobierno decretar esta situación durante 15 días. Para extenderlo más allá de ese periodo, el Ejecutivo necesita la autorización expresa del Congreso de los Diputados.

En este escenario, las autoridades están facultadas a:

  • Limitar la circulación o permanencia de personas.

  • Practicar requisas temporales de todo tipo de bienes e imponer prestaciones personales obligatorias.

  • Intervenir y ocupar transitoriamente industrias, fábricas, talleres, explotaciones o locales

  • Limitar o racionar el uso de servicios o el consumo de artículos de primera necesidad.

  • Impartir las órdenes necesarias para asegurar el abastecimiento de los mercados y el funcionamiento de los servicios de los centros de producción. (Fuente/Rt)

 



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