Exhortan a trabajadores privados cubanos a estudiar adecuaciones tributarias

Editado por Julio Pérez
2018-12-11 05:44:29

Pinterest
Telegram
Linkedin
WhatsApp

La Habana, 11 dic (RHC) A estudiar bien las nuevas adecuaciones tributarias dirigidas a perfeccionar el trabajo por cuenta propia, en aras de su cabal comprensión y aplicación, llamó hoy Meisi Bolaños Weiss, vicetitular del Ministerio de Finanzas y Precios (MFP), a la población y especialmente a las cerca de 590 mil personas acogidas a esa modalidad de empleo.

En conferencia de prensa en la sede del organismo, en esta capital, directivos suyos, de la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT) y del Banco Metropolitano, ofrecieron detalles y esclarecieron dudas, muchas de ellas de cuentapropistas, respecto a asuntos como las cuentas bancarias fiscales, sus beneficios, ventajas o utilidad.

El siete último entró en vigor, en todo el país, un grupo de regulaciones para continuar reordenando el trabajo por cuenta propia, no sin antes llevarse a cabo durante 150 días un proceso de capacitación dirigido a explicar -a ese segmento y a funcionarios- el alcance y objetivos de los cambios, en momentos que, como ha pedido la dirección de la Revolución, se requiere ordenar y fortalecer, desde la legalidad socialista, toda forma de gestión.

Pero al decir de Bolaños Weiss aun no se tiene todo el conocimiento necesario que trasmita tranquilidad y seguridad en muchos contribuyentes, por lo cual además de cuanto puedan hacer los medios de comunicación, y directamente las propias entidades involucradas, se pide a la población estudiar las nuevas adecuaciones.

 Vladimir Reguero Ale, director general de Política Fiscal del MFP, subrayó que las cuentas bancarias fiscales resultan un instrumento muy útil para administrar las finanzas y tener un control y reflejo del resultado del negocio, están vinculadas a la contabilización de los ingresos y de los gastos, y a través de las mismas se facilitan las operaciones y relaciones financieras entre los distintos agentes económicos, es decir, las empresas y el sector no estatal.

Recordó que desde 2011 mediante el Decreto – Ley No. 289, para los trabajadores por cuenta propia, con ingresos brutos anuales iguales o superiores a 50 mil pesos cubanos, se estableció la obligación de operar una cuenta corriente en las instituciones bancarias, por lo cual el asunto de las cuentas bancarias fiscales no es nuevo en Cuba.

Aclaró que la reciente Resolución No. 904 de 2018, del MFP,  se refiere a la obligatoriedad de abrir y operar una de estas  por los cuentapropistas que ejercen servicios gastronómicos en restaurantes y en cafetería, de bar y recreación, y de construcción, reparación y mantenimiento de inmuebles, así como los que actúan como arrendadores de vivienda, habitaciones y espacios.

En este grupo se incluyen los transportistas de pasajeros con vehículos desde cuatro hasta 14 plazas en la provincia de La Habana.

 El directivo destacó el carácter gradual de la aplicación de esta medida, objeto de perfeccionarse y que comenzó ahora por esas actividades, dada su complejidad y altos saldos, y que impacta en unos 80 mil contribuyentes, aproximadamente el 13 por ciento del total.

Reguero Ale explicó que aún quienes ejerzan más de un servicio deberán abrir solamente una cuenta bancaria fiscal, en tanto se dispone de 30 días naturales para hacerlo o declararla después de concurrir a la ONAT del municipio donde está inscripto como contribuyente, y de 90 días para cubrir o completar un saldo mínimo en dos cuotas tributarias mensuales y no en tres como sucedía hasta ahora.

Como otra reciente adecuación tributaria informó que se incrementa de un 20 hasta un 35% el fondo de efectivo para pagos menores o imprevistos, y fue enfático en aclarar que ese dinero está a disposición del titular de la cuenta, para las operaciones que desee realizar.

Por ejemplo, desde la misma se pagan los tributos, la compra de insumos, medios y equipos, las reparaciones capitales y mantenimientos, los servicios de otras formas de gestión no estatales mediante instrumentos bancarios y el pago a entidades estatales.

La cuenta bancaria fiscal es en CUP y se debe abrir en una sucursal del Banco de Crédito y Comercio, Banco Popular de Ahorro o Banco Metropolitano (que solo opera en la capital), radicada en el municipio del domicilio fiscal del contribuyente, o sea, donde está inscripto en la ONAT.

 

(ACN)



Comentarios


Deja un comentario
Todos los campos son requeridos
No será publicado
captcha challenge
up