Solicita defensa de Lula habeas corpus ante Tribunal Superior

Editado por Lorena Viñas Rodríguez
2018-01-30 16:49:01

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Foto:Archivo

Brasilia, 30 ene (RHC) Abogados de la defensa del expresidente brasileño Luiz Inácio Lula da Silva solicitaron este martes un habeas corpus ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ), para que éste permanezca en libertad por el resto del proceso.

En su demanda, los letrados piden que el TSJ desestime la determinación “inconstitucional e ilegal” del Tribunal Regional Federal de la Cuarta Región (TRF4), la cual dispuso el encierro del exmandatario una vez juzgados los recursos dirigidos a esa corte intermedia.

El 24 de enero, el TRF4 aumentó la condena impuesta por el juez Sergio Moro a Lula por los supuestos delitos de corrupción pasiva y lavado de dinero.

Los tres jueces encargados de examinar la apelación presentada por la defensa del exdignatario coincidieron en desestimar íntegramente los alegatos de la misma y respaldaron el voto del relator Joao Pedro Gebran Neto, quien elevó a 12 años y un mes de prisión la pena dictada antes por Moro (nueve años y seis meses de cárcel).

De acuerdo a la defensa de Lula, al ordenar el cumplimiento anticipado de la pena el TRF4 contradice artículos contemplados en la Constitución Federal, el Código de Proceso Penal, la Convención Americana de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

La ejecución anticipada de la pena deliberada por el TRF4, agrega, “también choca con la fragilidad jurídica de la decisión proferida por aquel tribunal”.

En ese sentido remarca que Lula fue condenado por el delito de corrupción pasiva tras la supuesta práctica de “actos indeterminados”, sin que se demostrara cualquier flujo financiero destinado al pago de ventajas indebidas al exprimer mandatario y solo sustentando en la declaración de un co-reo quien negociaba una delación premiada para reducir su condena.

El documento insiste también en que no hubo demostración de un comportamiento funcional específico vinculado a la práctica u omisión de un acto de oficio, sin lo cual no se puede configurar un delito de corrupción pasiva, ni tampoco la entrega de cualquier bien o valor, tornando imposible que exista la práctica del crimen de lavado de dinero. (Fuente/PL)

 



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