Cuba está a punto de dar un paso significativo en la modernización de su marco laboral con la introducción de un nuevo Anteproyecto de Código de Trabajo. Este ambicioso documento, que será sometido a consulta popular, desde septiembre y hasta noviembre próximo, de acuerdo con autoridades del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, requiere estudio y debate pues los cambios propuestos constituyen una nueva Ley en vez de una actualización de la norma vigente.
Las autoridades han calificado la propuesta como una legislación “muy futurista”, que busca adaptar las relaciones laborales a la realidad económica actual y ampliar la protección de todos los trabajadores en el país.
Con este nuevo código, el gobierno cubano espera abordar de manera integral las diversas necesidades del sector laboral, tanto estatal como no estatal.
En el anteproyecto destacan diez novedades que marcan un cambio notable en la regulación laboral; en primer lugar, extiende su ámbito de aplicación a todos los trabajadores, independientemente del sector en el que operen, garantizando que todos los empleadores cumplan con la ley.
Por otra parte, se establece la prohibición explícita de despedir o condicionar la contratación, permanencia o promoción de trabajadoras por motivo de embarazo, promoviendo un entorno laboral más seguro e inclusivo.
En la legislación rige el principio de capacidad, es decir, se sustituye el concepto de “idoneidad demostrada” por “capacidad demostrada”, facilitando el acceso al empleo y la promoción basada en competencias reales.
Un asunto importante se refiere al límite a la temporalidad: Con el objetivo de estabilizar el empleo, se prohíbe el uso de contratos temporales para labores de naturaleza permanente, lo que garantiza mayor seguridad salarial.
En lo relativo a la inclusión de personas con discapacidad, la norma establece pautas obligatorias para empleadores, asegurando el acceso y desarrollo de las personas con discapacidad en el mercado laboral, promoviendo su autonomía.
Se consagra formalmente el derecho al trabajo a distancia, reconociendo la importancia de esta modalidad, ya sea por la naturaleza de la tarea o circunstancias personales.
Otro aspecto novedoso tiene que ver con la edad laboral mínima: Se modifica la edad mínima para establecer una relación laboral, elevándola de 17 a 18 años, alineándose con estándares internacionales de protección infantil.
Otro tema se refiere a la protección de los ingresos: Los empleadores están obligados a salvaguardar los ingresos de sus trabajadores ante interrupciones o ceses de la relación laboral, reforzando así la estabilidad económica.
Hay un fortalecimiento del rol sindical, pues se ratifica que decisiones fundamentales de la empresa deben ser aprobadas por la asamblea general de trabajadores, promoviendo una cultura de participación democrática.
Y por último, la base constitucional e internacional: El Anteproyecto se fundamenta en la Constitución de 2019 y se alinea con convenios internacionales de la OIT ratificados por Cuba, reafirmando el compromiso del país con los derechos laborales.
Este nuevo Código de Trabajo representa una oportunidad histórica para fortalecer la protección de los trabajadores y modernizar las relaciones laborales en Cuba, mientras se avanza hacia un modelo económico más inclusivo y equitativo.
Con la consulta popular, que se efectuará desde septiembre y hasta noviembre próximo se espera que la voz de los trabajadores y la ciudadanía jueguen un papel fundamental en la formulación de esta legislación crucial para el futuro del trabajo en la isla.