Entra en vigor este sábado en Cuba Decreto-Ley No. 31 de Bienestar Animal

Editado por Bárbara Gómez
2021-07-10 13:21:10

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Foto: Ministerio de la Agricultura.

La Habana, 10 jul (RHC) El Decreto-Ley No. 31 de Bienestar Animal entra en vigor este sábado luego de su publicación el pasado 10 de abril en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, lo que permitirá un mejor trato de los animales en el país.

El Decreto responde a las preocupaciones y necesidades planteadas por animalistas y organizaciones de nuestra nación durante varios años y regula los principios, deberes, reglas y fines respecto al cuidado, la salud y la utilización de los animales.

Lo contenido en el documento está encaminado a garantizar el bienestar de los animales con el enfoque de "Una Salud", en el que la sanidad humana y la animal son interdependientes y están vinculadas a los ecosistemas en los cuales coexisten.

Autoridades cubanas han declarado que durante el tiempo, luego de publicado el decreto, se ha venido trabajando por etapas desde el Ministerio de Agricultura, lo que deberá facilitar su implementación.

El texto publicado en la Gaceta Oficial No.25 extraordinaria refiere que las personas naturales y jurídicas, propietarias, tenedoras y poseedoras de animales, deben satisfacer las necesidades básicas de estos, según su especie y categoría, además están obligadas a su inscripción.

También aclara que se prohíbe a las personas inducir el enfrentamiento entre animales de cualquier especie y se regula mediante el Decreto-Ley la actividad de los médicos veterinarios.

El Centro Nacional de Sanidad Animal del Ministerio de la Agricultura será el responsable de dirigir, ejecutar, implementar y controlar la política del Estado y el Gobierno sobre bienestar animal, en relación con los órganos y organismos de la Administración Central del Estado, las entidades estatales, los órganos locales del Poder Popular y las formas asociativas que se vinculan con el bienestar animal.

Orlando Díaz, director jurídico del Ministerio de Agricultura, ha destacado en conferencias de prensa anteriores que la unidad e integración en todo el proceso posterior a la aprobación de la normativa es indispensable, no solo porque forma parte de los valores de la nación sino porque establecer un sistema de trabajo conjunto y permanente logrará llevar a cabo lo recogido en el texto jurídico.

Con las directivas expresadas en el documento se busca, por ejemplo, mejorar las clínicas veterinarias y habilitar nuevas en los municipios del país que hoy no cuentan con ese servicio, lo que supone un gran reto ya que deberían funcionar como los consultorios médicos de la familia.

Además, hoy no existe una red de farmacias veterinarias en el país, el Grupo Empresarial Labiofam tiene la responsabilidad de dar seguimiento a esta tarea y de producir medicamentos, incluyendo los de origen animal.

Cristóbal Arredondo Alfonso, subdirector del Centro Nacional de Sanidad Animal, explicó a la Agencia Cubana de Noticias que para el presente año el objetivo es contar con uno de estos centros en cada cabecera provincial, y detalló que Labiofam lleva a cabo un programa de desarrollo de 38 productos para uso veterinario a partir de la medicina natural, 16 de ellos deben estar listos en este 2021; estrategia que garantiza soberanía al país.

Se encuentra entre las líneas de trabajo iniciales fortalecer el funcionamiento de la Asociación Nacional de Animales y Plantas y extender su alcance hacia otras provincias y municipios.

El Decreto-Ley recoge las funciones específicas de cada Ministerio para favorecer el cuidado y trato adecuado de los animales, así como las condiciones con las que deben cumplir los dueños de los animales para garantizarles el bienestar que requieren.

También comenzará a implementarse hoy el Decreto 38: Reglamento del Decreto-Ley 31 de Bienestar Animal, el cual estipula las reglas y conducta seguir por todos los vinculados al tema, desde los médicos veterinarios, los organismos y personas naturales o jurídicas.

Se enumeran en él, además, las contravenciones y las sanciones a aplicar, las cuales incluyen multas de entre 500 y cuatro mil pesos. (Fuente: ACN).



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