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Cuba publica nuevas leyes migratorias

Primer Coronel Mario Méndez Mayedo, jefe de la dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería (DIIE) del Ministerio del Interior.

Nuevas leyes de Migración, Extranjería y Ciudadanía, junto a sus normas, fueron presentadas este martes en La Habana tras su publicación en la Gaceta Oficial.

El jefe del Departamento de Identificación, Inmigración y Extranjería, del Ministerio del Interior, primer coronel Mario Méndez, explicó a la prensa que las leyes 171, de migración y la 173, de extranjería, cuentan con 180 días para hacerse efectivas, mientras la 172, de ciudadanía, entra en vigor de inmediato.

Las normas publicadas ofrecen garantías migratorias a los cubanos residentes en el exterior para insertarse en el modelo económico del país, tanto en la esfera estatal como privada, en asociación con empresas estatales y del sector del trabajo por cuenta propia o en proyectos de inversión internacional, se destaca entre las novedades.

Entre sus valores humanistas la legislación garantiza los derechos de los ciudadanos cubanos y de los extranjeros visitantes y residentes, establece medidas para evitar el asedio de las organizaciones criminales internacionales, la trata de personas así como de los intentos de utilizar al territorio nacional como país de tránsito irregular y desordenado de migrantes internacionales, así como de otros ilícitos migratorios.

Otra de las novedades lo constituye que establece un sistema migratorio para gestionar la migración cubana que parte de desarrollar en la Ley los derechos y deberes migratorios de los ciudadanos cubanos y los extranjeros, trazados en la Constitución de la República y de favorecer las relaciones permanentes y estables entre los cubanos y de los cubanos residentes en el exterior con su país de origen.

En el orden laboral contiene normas que permiten otorgar condiciones y clasificaciones migratorias a cubanos residentes en el exterior y a extranjeros respectivamente, que autorizan desarrollar actividades laborales y profesionales, así como negocios e inversiones durante su estancia o residencia en el país.

Se eliminan los 24 meses como tiempo de estancia autorizado a permanecer fuera del país, no existe límite de tiempo para la estancia en Cuba de los cubanos residentes en el exterior y los residentes en Cuba poseerán la condición de residente efectivo, mientras los residentes en el exterior tendrán la condición de residente en el exterior, emigrados, inversores y de negocios, entre otras bondades que avalan las normas.

Esclarecido quedó en la conferencia de prensa ante las preguntas al jefe de la DIIE que, sobre la Residencia Efectiva Migratoria y el derecho patrimonial, en el artículo 31 de la Ley de Migración se establece: “Los ciudadanos cubanos residentes en el exterior, en correspondencia con el Artículo 58 de la Constitución de la República, tienen derecho al uso, disfrute y libre disposición de los bienes de su propiedad, de conformidad con lo establecido en la ley”.

Esclarece la Ley que la adquisición de otra ciudadanía no implica la pérdida de la ciudadanía cubana y que los cubanos están obligados a hacer uso de la ciudadanía cubana para su ingreso, permanencia, tránsito y salida del territorio nacional y de no hacerlo, se establecen normas que permitan aplicar medidas para la prevención de estas conductas.

Malluly Díaz Medina, de la Dirección General de Asuntos Consulares y Atención a Cubanos Residentes en el Exterior (DACCRE), expuso que antes o después de estas legislaciones se anunciaron medidas que actualizaron la política migratoria del país, no es la primera vez que se actualizan esas leyes, ha sido un proceso continuo desde finales de la década del 70 del siglo XX.

Puntualizó que la dirección del país ha manifestado en ocasiones durante los últimos años que tiene la voluntad de que los cubanos que residen en el exterior se conviertan en actores relevantes en la defensa y en el desarrollo socioeconómico del país y que se sientan parte del futuro de la patria que los vio nacer o que llevan en las raíces y que contribuyan a enaltecer la cultura la identidad y el orgullo nacional.

La actualización de estas leyes contribuirá en gran medida a crear las condiciones necesarias para que los nacionales que residen fuera del país se involucren cada vez más en el desarrollo socioeconómico cultural de la nación, dijo la directiva y anunció que los consulados cubanos están ya prestos a comenzar a trabajar con aquellos cubanos que decidan solicitar la nueva condición migratoria de inversores en Cuba.

Este martes también se publicó la Gaceta Extraordinaria número 60 con el decreto ley 117, decreto 150 y la resolución 93 relacionado con los actores económicos https://www.gacetaoficial.gob.cu/es/gaceta-oficial-no-60-extraordinaria-de-2026. (Fuentes: Prensa Latina y ACN)

 

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