Bruno Rodríguez Parrilla.
Por: Maritza Gutiérrez
Ignorando la posición establecida por la comunidad internacional y lo dispuesto en resoluciones sucesivas de la Asamblea General de las Naciones Unidas, el gobierno de los Estados Unidos y sus agencias reguladoras aplican estrictamente las normativas que componen el complejo sistema de bloqueo económico, comercial y financiero contra Cuba.
En su informe más reciente sobre el impacto del cerco estadounidense, Cuba detalla las principales acciones de implementación del bloqueo desde la perspectiva legislativa y regulatoria, adoptadas por el gobierno de Estados Unidos desde marzo de 2023 hasta febrero de 2024.
Dentro del marco jurídico-legislativo que respalda el bloqueo, destaca la ´´Ley para la Libertad y la Solidaridad Democráticas Cubanas´´, también conocida como "Ley Helms-Burton".
Todas las disposiciones del bloqueo se encuentran establecidas en esta ley, la cual viola la constitución de Estados Unidos y las normas y principios del derecho internacional. Con esta Ley, se priva al presidente de Estados Unidos de la autoridad para levantar el bloqueo, prerrogativa que pertenece al Congreso de ese país.
Ninguna otra nación ha sido sometida a una medida de esta naturaleza que, entre sus disposiciones, requiere que el gobierno de Estados Unidos presione a terceros países para que eviten relaciones con Cuba; establece un sistema de represalias políticas contra las empresas que comercian con la isla; exige que el presidente informe anualmente al Congreso sobre las actividades comerciales de Cuba con otras naciones; y enfatiza de manera directa que, incluso si la Revolución es derrocada y se instala un gobierno títere de Estados Unidos, el bloqueo seguirá vigente hasta que se resuelvan las reclamaciones de propiedad de los "afectados" por las nacionalizaciones posteriores a 1959.
El Título 3 de esta Ley permite a los antiguos propietarios de bienes nacionalizados en Cuba, llevar a juicio en los tribunales de Estados Unidos a individuos, incluyendo a ciudadanos cubanos que adquirieron posteriormente la nacionalidad estadounidense y a entidades que tuvieron algún tipo de relación con dichas propiedades, según lo establecido por la ley como "tráfico".
Vale destacar que el proceso de nacionalización realizado por Cuba se hizo conforme al derecho internacional.
Por otra parte, en mayo de 2019 Donald Trump abrió la posibilidad de permitir demandas bajo el Título III de esta Ley, luego de que varios gobiernos de Estados Unidos lo suspendieran, y así se intensificaron los esfuerzos por internacionalizar el diseño coercitivo extraterritorial contra Cuba.
Hasta el 31 de mayo de 2024, se registraron 44 demandas bajo dicho título, de las cuales 2 fueron retiradas, 2 fusionadas, 5 desestimadas, 1 se resolvió mediante acuerdo entre las partes y 34 continuaban en proceso.
Aunque la Ley Helms-Burton concedió al Congreso de los Estados Unidos la capacidad de revocar las disposiciones que respaldan el bloqueo contra Cuba y ponerle fin, también otorgó al presidente de dicho país amplios poderes para ajustar de manera significativa la implementación de esta política. Esto le permite llevar a cabo ciertas transacciones a través de la emisión de licencias basadas en acciones ejecutivas.
Si verdaderamente existiera la voluntad de establecer una política que beneficie a todo el pueblo cubano y aliviar la presión innegable sobre la economía y otros sectores vitales para el funcionamiento de la sociedad, el presidente estadounidense tomaría medidas concretas e inmediatas para modificar la aplicación del bloqueo, utilizando sus facultades ejecutivas.
Precisamente ese fue el reciente llamado del Foro del Pueblo, organización estadounidense, al presidente Biden, quien a menos de 90 días al frente de ese país, tiene las prerrogativas para revertir el brutal cerco contra Cuba, cuyo pueblo hoy sufre el rigor de esa cruel política.
En momentos en que la nación pone en alto sus mejores atributos frente a la adversidad y la perversión de un prolongado cerco, un paso en la dirección correcta por parte del actual inquilino de la Casa Blanca, constituiría un avance significativo para reducir el principal obstáculo en las relaciones económicas, comerciales y financieras de Cuba con los Estados Unidos y el resto del mundo, así como para el desarrollo del país y el bienestar del pueblo cubano.